1.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 1 (NIC 1).º
Presentación
de estados financieros.
El
objetivo de esta Norma consiste en establecer las bases para la presentación de
los estados financieros con propósitos de información general, a fin de
asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de
la misma entidad de ejercicios anteriores, como con los de otras entidades
diferentes. Para alcanzar dicho objetivo, la Norma establece, en primer lugar,
requisitos generales para la presentación de los estados financieros y, a
continuación, ofrece directrices para determinar su estructura, a la vez que
fija los requisitos mínimos sobre su contenido. Tanto el reconocimiento, como
la valoración y la información a revelar sobre determinadas transacciones y
otros eventos, se abordan en otras Normas e Interpretaciones.
Esta Norma revisada sustituye a la NIC
1 (revisada en 1997) Presentación de estados financieros y se aplicará en los
ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja
su aplicación anticipada.
2.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 2 (NIC
2)
Existencias.
El objetivo de esta
Norma es prescribir el tratamiento contable de las existencias dentro del
sistema de valoración del coste histórico. Un tema fundamental en la
contabilidad de las existencias es la cantidad de costes que se reconocen como
un activo y se difieren hasta que los ingresos ordinarios correlacionados sean
reconocidos. Esta Norma constituye una guía práctica para la determinación del
coste y su consiguiente reconocimiento como gasto del ejercicio, incluyendo
también cualquier deterioro que reduzca el importe en libros al valor neto
realizable. También sirve de guía sobre las fórmulas de coste que se usan para
calcular los costes de las existencias.
3.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 7 (NIC 7)
La información sobre
los flujos de efectivo de una empresa es útil para los usuarios de los estados
financieros porque provee de una base para evaluar la capacidad de la empresa
para generar efectivo y equivalentes de efectivo, así como para evaluar las
necesidades de la empresa de utilizar esos flujos de efectivo. Las decisiones
económicas que toman los usuarios requieren una evaluación de la capacidad de
la empresa para generar efectivo y equivalentes de efectivo, así como de la
oportunidad y la certidumbre de su generación.
El objetivo de esta Normas es establecer la
necesidad de que se provea de información sobre los cambios históricos en el
efectivo y equivalentes de efectivo de la empresa, mediante un estado en que se
detalle los flujos de efectivo provenientes de las actividades de operación,
inversión y financiación durante el ejercicio.
4.
Norma
Internacional de Contabilidad n º 8 (NIC 8)
. El objetivo de esta Norma es prescribir los
criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el
tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las
políticas contables, de los cambios en
las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad
de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los
estados financieros emitidos por ésta en ejercicios anteriores, y con los
elaborados por otras entidades. Los requisitos de información a revelar
relativos a las políticas contables, excepto los referentes a cambiosen las
políticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentación de estados
financieros.
5.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10)
Hechos
posteriores a la fecha del balance.
El objetivo de esta Norma es
prescribir:
(a) cuándo una entidad ajustará sus
estados financieros por hechos ocurridos después de la fecha del balance; y
(b) las revelaciones que la entidad
debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido
autorizados para su publicación, así como respecto a los hechos ocurridos
después de la fecha del balance.
La Norma exige también, a la entidad,
que no elabore sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha,
si los hechos ocurridos después de la fecha del balance indican que tal
hipótesis de continuidad no resulta apropiada.
6.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 11 (NIC 11)
Contratos
de Construcción
El objetivo de esta Norma es prescribir
el tratamiento contable de los ingresos ordinarios y los costes relacionados
con los contratos de construcción. Debido a la naturaleza propia de la
actividad llevada a cabo en los contratos de construcción, la fecha en que la
actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen,
normalmente, en diferentes ejercicios contables, por tanto, la cuestión
fundamental al contabilizar los contratos de construcción es la distribución de
los ingresos ordinarios y los costes que cada uno de ellos genere, entre los
ejercicios contables a lo largo de los cuales se ejecuta.
7.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 12 (NIC 12)
Impuesto
sobre las Ganancias
El
objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las
ganancias. El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto a
las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:
(a) la recuperación (liquidación) en el futuro del
importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance
de la entidad; y
(b) las transacciones y otros sucesos del periodo
corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.
Tras
el reconocimiento, por parte de la entidad, de cualquier activo o pasivo, está
inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo,
por los valores en libros que figuran en las correspondientes rúbricas. Cuando
sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados
vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se
tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales,
la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el
impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.
Esta
Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las
transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas
transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales de transacciones
y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran
también en los resultados. Los efectos fiscales de las transacciones y otros
sucesos que se reconocen directamente en el patrimonio neto, se llevarán
directamente al patrimonio neto. De forma similar, el reconocimiento de activos
o pasivos por impuestos diferidos, en una combinación de negocios, afectará a
la cuantía de la plusvalía comprada derivada de la combinación o al exceso que
suponga la participación de la entidad adquirente en el valor razonable neto de
los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, de la entidad
adquirida, sobre el costo de la combinación.
Nota:
Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta
publicación.
8.
Norma Internacional
de Contabilidad nº 14 (NIC 14)
Información
Financiera por Segmentos
Objetivo
El objetivo de esta Norma es el
establecimiento de las políticas de información financiera por segmentos
-información acerca de los diferentes tipos de productos y servicios que la
entidad elabora y de las diferentes áreas geográficas en las que opera-, con el
fin de ayudar a los usuarios de los estados financieros a:
(a) entender
mejor el desempeño de la entidad en el pasado;
(b) evaluar
mejor los rendimientos y riesgos de la entidad; y
(c) realizar
juicios más informados acerca de la entidad en su conjunto.
Nota:
Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta
publicación.
9.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 16 (NIC 16)
Inmovilizado
material
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento
contable de propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios de los
estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la
entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se
hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta el
reconocimiento contable de propiedades, planta y equipo son la contabilización
de los activos, la determinación de su importe en libros y los cargos por
depreciación y pérdidas por deterioro que deben reconocerse con relación a los
mismos.
10.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 17 (NIC 17)
Arrendamientos
El objetivo de esta
Norma es el de establecer, para arrendatarios y arrendadores, las políticas
contables apropiadas para contabilizar y revelar la información correspondiente
a los arrendamientos operativos y financieros.
11.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 18 (NIC 18)
Ingresos
Ordinarios.
Los
ingresos son definidos, en el Marco Conceptual para la
Preparación y Presentación de Estados Financieros, como incrementos en
los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma
de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como disminuciones de
los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no están
relacionados con las aportaciones de los propietarios de la entidad. El
concepto de ingreso comprende tanto los ingresos ordinarios en sí como las
ganancias. Los ingresos ordinarios propiamente dichos surgen en el curso de las
actividades ordinarias de la entidad y adoptan una gran variedad de nombres,
tales como ventas, comisiones, intereses, dividendos y regalías. El objetivo de
esta Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos ordinarios que
surgen de ciertos tipos de transacciones y otros eventos.
La
principal preocupación en la contabilización de ingresos ordinarios es
determinar cuándo deben ser reconocidos. El ingreso es reconocido cuando es
probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y estos
beneficios puedan ser medidos con fiabilidad. Esta Norma identifica las
circunstancias en las cuales se cumplen estos criterios para que los ingresos
ordinarios sean reconocidos. También provee guías prácticas para la aplicación
de estos criterios.
Nota:
El Apéndice citado en el texto de la Norma no se ha incluido en esta
publicación.
12.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 19 (NIC 19)
Retribuciones
a los Empleados
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento
contable y la revelación de información financiera respecto de los beneficios
de los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca:
(a) un pasivo cuando el empleado ha prestado
servicios a cambio de los cuales se le crea el derecho de recibir pagos en el
futuro; y
(b) un gasto cuando la entidad ha consumido el
beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio
de los beneficios en cuestión.
13.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 20 (NIC 20)
Contabilización
de las Subvenciones Oficiales e
Información a Revelar sobre Ayudas Públicas
Esta Norma
trata sobre la contabilización e información a revelar acerca de las
subvenciones del gobierno, así como de la información a revelar sobre otras
formas de ayudas gubernamentales.
2 La Norma no se ocupa de:
(a) los problemas especiales que aparecen en la
contabilización de subvenciones del gobierno dentro de estados financieros que
reflejan los efectos de cambios en los precios, o en información complementaria
de similar naturaleza;
(b) ayudas gubernamentales que se conceden a la
entidad en forma de ventajas que se materializan al calcular los resultados a
efectos fiscales o bien se determinan o limitan sobre la base de las
obligaciones fiscales (tales como exenciones fiscales, créditos fiscales a la
inversión, amortizaciones aceleradas y tasas impositivas reducidas);
(c) participaciones del gobierno en la propiedad
de la entidad;
(d) las subvenciones del gobierno cubiertas por la
NIC 41 Agricultura.
14.
Norma Internacional
de Contabilidad nº 21 (NIC 21)
Efectos
de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera
OBJETIVO
1. Una entidad podrá llevar a cabo
actividades en el extranjero de dos maneras diferentes.
Puede realizar transacciones en moneda
extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, la entidad
podrá presentar sus estados financieros en una moneda - 2 -extranjera. El
objetivo de esta norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados
financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los
negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda
de presentación elegida.
2. Los principales problemas que se
presentan son el tipo o tipos de cambio a utilizar, así como la manera de
informar sobre los efectos de las variaciones en los tipos de cambio dentro de
los estados financieros.
Se
aconseja la aplicación anticipada.
15.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 23 (NIC
23)
Costes
por Intereses
El
objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costos por
intereses. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato
de los costos por intereses como gastos. No obstante, el Pronunciamiento
contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los
costos por intereses que sean directamente imputables a la adquisición,
construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas
condiciones (activos cualificados).
16.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 24 (NIC 24)
Información
a revelar sobre partes vinculadas
El objetivo de esta Norma es asegurar
que los estados financieros de una entidad contengan la información necesaria
para poner de manifiesto la posibilidad de que tanto la posición financiera
como el resultado del ejercicio, puedan haberse visto afectados por la
existencia de partes vinculadas, así como por transacciones realizadas y saldos
pendientes con ellas.
17.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 26 (NIC 26)
Contabilización
e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro .
Esta Norma
se aplica a los estados financieros de planes de beneficio por retiro, cuando
éstos se preparan.
2 Los planes de beneficio por retiro son
conocidos, en ocasiones, con otros nombres, tales como “planes de pensiones” o
“sistemas complementarios de prestaciones por jubilación”. Los planes de
beneficio por retiro se consideran, en la Norma, como entidades diferentes de
los empleadores y de las personas que participan en dicho planes. El resto de
las Normas Internacionales de Contabilidad son aplicables a las informaciones
procedentes de los planes de beneficio por retiro, en la medida en que no
queden derogadas por la presente Norma
18.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 27 (NIC 27)
Estados
financieros consolidados y separados .
La Norma se aplica a la contabilización
de las inversiones en dependientes, entidades controladas de forma conjunta y
asociadas, en los estados financieros separados de una dominante, de un
partícipe en un negocio conjunto o de un inversor. Por tanto, el título de la
Norma ha sido modificado como se muestra en el párrafo
19.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 28 (NIC 28)
Inversiones
en entidades asociadas
Esta Norma se aplicará al contabilizar las inversiones en
asociadas. No obstante, no será de aplicación a las inversiones en asociadas
mantenidas por:
(a) entidades
de capital-riesgo, o
(b) instituciones
de inversión colectiva, como fondos de inversión u otras entidades similares,
entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones
que desde
su reconocimiento inicial hayan sido designadas para ser contabilizadas al
valor razonable con cambios en el resultado del periodo, o se hayan clasificado
como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. Estas inversiones
se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el
mismo se reconocerán en el resultado del periodo en que tengan lugar dichos
cambios.
20.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 29 (NIC 29)
Información
Financiera en Economías Hiperinflacionarias
La presente Norma será de aplicación a los estados
financieros individuales, así como a los estados financieros consolidados, de
una entidad cuya moneda funcional es la moneda correspondiente a una economía
hiperinflacionaria
(a) la
población en general prefiere conservar su riqueza en forma de activos no
monetarios, o bien en una moneda extranjera relativamente estable; además, las
cantidades de moneda local obtenidas son invertidas inmediatamente para
mantener la capacidad adquisitiva de la misma;
(b) la
población en general no toma en consideración las cantidades monetarias en
términos de moneda local, sino que las ve en términos de otra moneda extranjera
relativamente estable; los precios pueden establecerse en esta otra moneda;
(c) las
ventas y compras a crédito tienen lugar a precios que compensan la pérdida de
poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el periodo
es corto;
(d) las
tasas de interés, salarios y precios se ligan a la evolución de un índice de
precios; y
(e) la
tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%.
4 Es
preferible que todas las entidades que presentan información en la moneda de la
misma economía hiperinflacionaria apliquen esta Norma desde la misma fecha. No
obstante, la norma es aplicable a los estados financieros de cualquier entidad,
desde el comienzo del periodo contable en el que se identifique la existencia
de hiperinflación en el país en cuya moneda presenta la información.
21.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 30 (NIC 30) (reordenada en 1994)
Información a Revelar en los Estados
Financieros de Bancos y Entidades Financieras Similares.
Este Pronunciamiento trata de las informaciones a revelar en los
estados financieros de los bancos y otras instituciones financieras similares
(a los que se hará referencia en lo sucesivo también como bancos).
2. Para los propósitos
del Pronunciamiento, el término «banco» incluye a todas las entidades
financieras que tienen, como una de sus actividades principales, la de tomar
depósitos y préstamos con el objetivo de dar, a su vez, créditos o préstamos y
realizar inversiones financieras, y cuyas actividades se encuentran bajo el
ámbito de la legislación bancaria u otra equivalente. El Pronunciamiento es de
aplicación para tales empresas, ya contengan o no en su denominación la palabra
«banco».
22.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 31 (NIC 31)
Participaciones
en negocios conjuntos
Esta Norma no es aplicable a las
inversiones calificadas como participaciones en entidades controladas
conjuntamente poseídas por entidades de capital de riesgo, instituciones de
inversión colectiva, fondos de inversión,
u otras entidades análogas, cuando dichas inversiones, se clasifiquen como
mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39
Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición. Estas inversiones se medirán
por su valor razonable, y los cambios en éste se reconocerán en el resultado
del periodo en el que ocurran.Estas
inversiones se medirán por su valor razonable, reconociendo los cambios en el
resultado del periodo en que tienen lugar.
23.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 32 (NIC 32)
Instrumentos
financieros: Presentación
La naturaleza dinámica
de los mercados financieros internacionales ha provocado el uso generalizado de
una amplia variedad de instrumentos financieros, desde los instrumentos
primarios tradicionales, tales como bonos, hasta las diversas formas de
instrumentos derivados, tales como permutas de tasas de interés. El objetivo de
esta Norma es mejorar la comprensión que los usuarios de los estados
financieros tienen sobre el significado de los instrumentos financieros, se encuentren
reconocidos dentro del balance de situación general o en notas complementarias,
para la posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la empresa.
La Norma prescribe ciertos requisitos a seguir para la contabilización de los instrumentos financieros dentro del balance de situación general, e identifica la información a revelar que debe ser suministrada acerca de los instrumentos contabilizados (reconocidos) y de los instrumentos fuera del balance general (no reconocidos). La normativa sobre contabilización se refiere a la clasificación de los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio neto; de los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con ellos, así como de las circunstancias bajo las cuales los activos y los pasivos financieros deben ser objeto de compensación.
La Norma prescribe ciertos requisitos a seguir para la contabilización de los instrumentos financieros dentro del balance de situación general, e identifica la información a revelar que debe ser suministrada acerca de los instrumentos contabilizados (reconocidos) y de los instrumentos fuera del balance general (no reconocidos). La normativa sobre contabilización se refiere a la clasificación de los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio neto; de los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con ellos, así como de las circunstancias bajo las cuales los activos y los pasivos financieros deben ser objeto de compensación.
24.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 33 (NIC 33)
Ganancias
por acción.
El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las empresas, cuyo efecto será el
de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes empresas en el
mismo periodo, así como entre diferentes periodos para la misma empresa. El punto central de
esta Norma es el establecimiento del denominador en el cálculo de las ganancias por acción. Aunque el indicador de las ganancias por
acción tiene limitaciones a causa de las diferentes políticas contables que sirven para determinar las "ganancias", la
utilización de un denominador calculado de forma uniforme mejora la información financiera ofrecida.
25.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 34 (NIC 34)
Información
Financiera Intermedia
El
objetivo de esta Norma es establecer el contenido mínimo de la información
financiera intermedia, así como prescribir los criterios para el reconocimiento
y la medición que deben ser seguidos en los estados financieros intermedios, ya
se presenten de forma completa o condensada. La información financiera
intermedia, si se presenta en el momento oportuno y contiene datos fiables,
mejora la capacidad que los inversionistas, prestamistas y otros usuarios
tienen para entender la capacidad de la entidad para generar beneficios y
flujos de efectivo, así como su fortaleza financiera y liquidez.
Nota:
Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta
publicación.
26.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 36 (NIC 36)
Deterioro
del valor de los activos
El objetivo
de este Pronunciamiento es establecer los procedimientos que una empresa debe
aplicar para asegurar que el valor de sus activos no supera el importe que
puede recuperar de los mismos. Un determinado activo estará contabilizado por
encima de su importe recuperable cuando su valor en libros exceda del importe
que se puede recuperar del mismo a través de su uso o de su venta. Si este
fuera el caso, el activo se calificaría como deteriorado, y la Norma exige que
la empresa reconozca contablemente la correspondiente pérdida de valor por
deterioro. En la Norma también se especifica cuándo la empresa debe proceder a
revertir la pérdida de valor por deterioro, y se exige que suministre
determinada información referente a los activos que hayan sufrido este tipo de
deterioros de valor.
27.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 37 (NIC 37)
Provisiones,
Activos Contingentes y Pasivos Contingentes
El
objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el
reconocimiento y la medición de las provisiones, activos y pasivos de carácter
contingente, así como que se revele la información complementaria suficiente,
por medio de las notas a los estados financieros, como para permitir a los
usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las
anteriores partidas.
Nota:
Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta
publicación
28.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 38 (NIC 38)
Activos
intangibles
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento
contable de los activos intangibles, que no estén contemplados específicamente
en otra Norma Internacional de Contabilidad. Esta Norma exige que las empresas
procedan a reconocer un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos
criterios. La Norma también especifica cómo determinar el valor en libros de
los activos intangibles, y exige que se revelen ciertas informaciones
complementarias, en las notas a los estados financieros, que hagan referencia a
estos elementos.
Se
aconseja su aplicación anticipada.
29.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 39 (NIC 39)
Instrumentos
financieros: Reconocimiento y valoración
El objetivo de este
Pronunciamiento consiste en establecer los principios contables para el
reconocimiento, medición y revelación de información referente a los
instrumentos financieros, en los estados financieros de las empresas de
negocios.
Esta Norma revisada sustituye a la
NIC 39
(revisada en 2000) Instrumentos financieros: Reconocimiento
y valoración, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir
del 1 de enero de 2005. Se permite su aplicación anticipada.
30.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 40 (NIC 40)
Inversiones
inmobiliarias
Esta Norma revisada sustituye a la NIC
40 (2000) Inmuebles de inversión, y se aplicará en los ejercicios anuales que
comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación
anticipada.
31.
Norma
Internacional de Contabilidad nº 41 (NIC 41)
Agricultura.
Es establecer el tratamiento contable y la consecuente presentación
yrevelación en los estados financieros para la actividad agrícola, lo cuales
laadministraciónde la transformación deactivosbiológicos (animales
oplantasvivientes) para laproducciónagrícola o en activos biológicosadicionales
Nota:
Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta
publicación
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