miércoles, 26 de septiembre de 2012

Norma Internacional de Contabilidad nº 1 (NIC 1).


1.     Norma Internacional de Contabilidad nº 1 (NIC 1).º
Presentación de estados financieros.
 El objetivo de esta Norma consiste en establecer las bases para la presentación de los estados financieros con propósitos de información general, a fin de asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad de ejercicios anteriores, como con los de otras entidades diferentes. Para alcanzar dicho objetivo, la Norma establece, en primer lugar, requisitos generales para la presentación de los estados financieros y, a continuación, ofrece directrices para determinar su estructura, a la vez que fija los requisitos mínimos sobre su contenido. Tanto el reconocimiento, como la valoración y la información a revelar sobre determinadas transacciones y otros eventos, se abordan en otras Normas e Interpretaciones.
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 1 (revisada en 1997) Presentación de estados financieros y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
2.     Norma Internacional de Contabilidad nº 2   (NIC 2) 
Existencias.
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de las existencias dentro del sistema de valoración del coste histórico. Un tema fundamental en la contabilidad de las existencias es la cantidad de costes que se reconocen como un activo y se difieren hasta que los ingresos ordinarios correlacionados sean reconocidos. Esta Norma constituye una guía práctica para la determinación del coste y su consiguiente reconocimiento como gasto del ejercicio, incluyendo también cualquier deterioro que reduzca el importe en libros al valor neto realizable. También sirve de guía sobre las fórmulas de coste que se usan para calcular los costes de las existencias.
3.     Norma Internacional de Contabilidad nº 7 (NIC 7)
La información sobre los flujos de efectivo de una empresa es útil para los usuarios de los estados financieros porque provee de una base para evaluar la capacidad de la empresa para generar efectivo y equivalentes de efectivo, así como para evaluar las necesidades de la empresa de utilizar esos flujos de efectivo. Las decisiones económicas que toman los usuarios requieren una evaluación de la capacidad de la empresa para generar efectivo y equivalentes de efectivo, así como de la oportunidad y la certidumbre de su generación.
El objetivo de esta Normas es establecer la necesidad de que se provea de información sobre los cambios históricos en el efectivo y equivalentes de efectivo de la empresa, mediante un estado en que se detalle los flujos de efectivo provenientes de las actividades de operación, inversión y financiación durante el ejercicio.

4.     Norma Internacional de Contabilidad n º 8 (NIC 8)
.  El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los  cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma  trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en ejercicios anteriores, y con los elaborados por otras entidades. Los requisitos de información a revelar relativos a las políticas contables, excepto los referentes a cambiosen las políticas contables, han sido establecidos en la NIC 1 Presentación de estados financieros.

5.     Norma Internacional de Contabilidad nº 10 (NIC 10)
Hechos posteriores a la fecha del balance.
 El objetivo de esta Norma es prescribir:
(a) cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos ocurridos después de la fecha del balance; y
(b) las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros han sido autorizados para su publicación, así como respecto a los hechos ocurridos después de la fecha del balance.
La Norma exige también, a la entidad, que no elabore sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos después de la fecha del balance indican que tal hipótesis de continuidad no resulta apropiada.
6.     Norma Internacional de Contabilidad nº 11 (NIC 11)
Contratos de Construcción
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos ordinarios y los costes relacionados con los contratos de construcción. Debido a la naturaleza propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de construcción, la fecha en que la actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en diferentes ejercicios contables, por tanto, la cuestión fundamental al contabilizar los contratos de construcción es la distribución de los ingresos ordinarios y los costes que cada uno de ellos genere, entre los ejercicios contables a lo largo de los cuales se ejecuta.
7.     Norma Internacional de Contabilidad nº 12 (NIC 12)
Impuesto sobre las Ganancias
El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable del impuesto a las ganancias. El principal problema que se presenta al contabilizar el impuesto a las ganancias es cómo tratar las consecuencias actuales y futuras de:
(a)  la recuperación (liquidación) en el futuro del importe en libros de los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de la entidad; y
(b) las transacciones y otros sucesos del periodo corriente que han sido objeto de reconocimiento en los estados financieros.
Tras el reconocimiento, por parte de la entidad, de cualquier activo o pasivo, está inherente la expectativa de que recuperará el primero o liquidará el segundo, por los valores en libros que figuran en las correspondientes rúbricas. Cuando sea probable que la recuperación o liquidación de los valores contabilizados vaya a dar lugar a pagos fiscales futuros mayores (menores) de los que se tendrían si tal recuperación o liquidación no tuviera consecuencias fiscales, la presente Norma exige que la entidad reconozca un pasivo (activo) por el impuesto diferido, con algunas excepciones muy limitadas.
Esta Norma exige que las entidades contabilicen las consecuencias fiscales de las transacciones y otros sucesos de la misma manera que contabilizan esas mismas transacciones o sucesos económicos. Así, los efectos fiscales de transacciones y otros sucesos que se reconocen en el resultado del periodo se registran también en los resultados. Los efectos fiscales de las transacciones y otros sucesos que se reconocen directamente en el patrimonio neto, se llevarán directamente al patrimonio neto. De forma similar, el reconocimiento de activos o pasivos por impuestos diferidos, en una combinación de negocios, afectará a la cuantía de la plusvalía comprada derivada de la combinación o al exceso que suponga la participación de la entidad adquirente en el valor razonable neto de los activos, pasivos y pasivos contingentes identificables, de la entidad adquirida, sobre el costo de la combinación.
Nota: Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta publicación.
8.     Norma Internacional de Contabilidad nº 14 (NIC 14)
Información Financiera por Segmentos

Objetivo

El objetivo de esta Norma es el establecimiento de las políticas de información financiera por segmentos -información acerca de los diferentes tipos de productos y servicios que la entidad elabora y de las diferentes áreas geográficas en las que opera-, con el fin de ayudar a los usuarios de los estados financieros a:
(a)  entender mejor el desempeño de la entidad en el pasado;
(b) evaluar mejor los rendimientos y riesgos de la entidad; y
(c)  realizar juicios más informados acerca de la entidad en su conjunto.
Nota: Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta publicación.
9.     Norma Internacional de Contabilidad nº 16 (NIC 16)
Inmovilizado material
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de propiedades, planta y equipo, de forma que los usuarios de los estados financieros puedan conocer la información acerca de la inversión que la entidad tiene en sus propiedades, planta y equipo, así como los cambios que se hayan producido en dicha inversión. Los principales problemas que presenta el reconocimiento contable de propiedades, planta y equipo son la contabilización de los activos, la determinación de su importe en libros y los cargos por depreciación y pérdidas por deterioro que deben reconocerse con relación a los mismos.
10.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 17 (NIC 17)
Arrendamientos
El objetivo de esta Norma es el de establecer, para arrendatarios y arrendadores, las políticas contables apropiadas para contabilizar y revelar la información correspondiente a los arrendamientos operativos y financieros.
11.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 18 (NIC 18)
Ingresos Ordinarios.
Los ingresos son definidos, en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros, como incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como disminuciones de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio neto y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios de la entidad. El concepto de ingreso comprende tanto los ingresos ordinarios en sí como las ganancias. Los ingresos ordinarios propiamente dichos surgen en el curso de las actividades ordinarias de la entidad y adoptan una gran variedad de nombres, tales como ventas, comisiones, intereses, dividendos y regalías. El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos ordinarios que surgen de ciertos tipos de transacciones y otros eventos.
La principal preocupación en la contabilización de ingresos ordinarios es determinar cuándo deben ser reconocidos. El ingreso es reconocido cuando es probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y estos beneficios puedan ser medidos con fiabilidad. Esta Norma identifica las circunstancias en las cuales se cumplen estos criterios para que los ingresos ordinarios sean reconocidos. También provee guías prácticas para la aplicación de estos criterios.

Nota: El Apéndice citado en el texto de la Norma no se ha incluido en esta publicación.
12.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 19 (NIC 19)
Retribuciones a los Empleados
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la revelación de información financiera respecto de los beneficios de los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca:
(a)  un pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de los cuales se le crea el derecho de recibir pagos en el futuro; y
(b) un gasto cuando la entidad ha consumido el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio de los beneficios en cuestión.
13.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 20 (NIC 20)
Contabilización de las Subvenciones  Oficiales e Información a Revelar sobre Ayudas Públicas 
Esta Norma trata sobre la contabilización e información a revelar acerca de las subvenciones del gobierno, así como de la información a revelar sobre otras formas de ayudas gubernamentales.
2         La Norma no se ocupa de:
(a)  los problemas especiales que aparecen en la contabilización de subvenciones del gobierno dentro de estados financieros que reflejan los efectos de cambios en los precios, o en información complementaria de similar naturaleza;
(b) ayudas gubernamentales que se conceden a la entidad en forma de ventajas que se materializan al calcular los resultados a efectos fiscales o bien se determinan o limitan sobre la base de las obligaciones fiscales (tales como exenciones fiscales, créditos fiscales a la inversión, amortizaciones aceleradas y tasas impositivas reducidas);
(c)  participaciones del gobierno en la propiedad de la entidad;
(d) las subvenciones del gobierno cubiertas por la NIC 41 Agricultura.

14.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 21 (NIC 21)
Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera
OBJETIVO
1. Una entidad podrá llevar a cabo actividades en el extranjero de dos maneras diferentes.
Puede realizar transacciones en moneda extranjera o bien puede tener negocios en el extranjero. Además, la entidad podrá presentar sus estados financieros en una moneda - 2 -extranjera. El objetivo de esta norma es prescribir cómo se incorporan, en los estados financieros de una entidad, las transacciones en moneda extranjera y los negocios en el extranjero, y cómo convertir los estados financieros a la moneda de presentación elegida. 
2. Los principales problemas que se presentan son el tipo o tipos de cambio a utilizar, así como la manera de informar sobre los efectos de las variaciones en los tipos de cambio dentro de los estados financieros. 
Se aconseja la aplicación anticipada.
15.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 23  (NIC 23)
Costes por Intereses
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los costos por intereses. La Norma establece, como regla general, el reconocimiento inmediato de los costos por intereses como gastos. No obstante, el Pronunciamiento contempla, como tratamiento alternativo permitido, la capitalización de los costos por intereses que sean directamente imputables a la adquisición, construcción o producción de algunos activos que cumplan determinadas condiciones (activos cualificados).

16.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 24 (NIC 24)
Información a revelar sobre partes vinculadas
El objetivo de esta Norma es asegurar que los estados financieros de una entidad contengan la información necesaria para poner de manifiesto la posibilidad de que tanto la posición financiera como el resultado del ejercicio, puedan haberse visto afectados por la existencia de partes vinculadas, así como por transacciones realizadas y saldos pendientes con ellas. 
17.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 26 (NIC 26)
Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro  .
Esta Norma se aplica a los estados financieros de planes de beneficio por retiro, cuando éstos se preparan.
2         Los planes de beneficio por retiro son conocidos, en ocasiones, con otros nombres, tales como “planes de pensiones” o “sistemas complementarios de prestaciones por jubilación”. Los planes de beneficio por retiro se consideran, en la Norma, como entidades diferentes de los empleadores y de las personas que participan en dicho planes. El resto de las Normas Internacionales de Contabilidad son aplicables a las informaciones procedentes de los planes de beneficio por retiro, en la medida en que no queden derogadas por la presente Norma
18.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 27 (NIC 27) 
Estados financieros consolidados y separados .
La Norma se aplica a la contabilización de las inversiones en dependientes, entidades controladas de forma conjunta y asociadas, en los estados financieros separados de una dominante, de un partícipe en un negocio conjunto o de un inversor. Por tanto, el título de la Norma ha sido modificado como se muestra en el párrafo
19.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 28 (NIC 28)
Inversiones en entidades asociadas
Esta Norma se aplicará al contabilizar las inversiones en asociadas. No obstante, no será de aplicación a las inversiones en asociadas mantenidas por:
(a)  entidades de capital-riesgo, o
(b) instituciones de inversión colectiva, como fondos de inversión u otras entidades similares, entre las que se incluyen los fondos de seguro ligados a inversiones
           que desde su reconocimiento inicial hayan sido designadas para ser contabilizadas al valor razonable con cambios en el resultado del periodo, o se hayan clasificado como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. Estas inversiones se medirán al valor razonable, de acuerdo con la NIC 39, y los cambios en el mismo se reconocerán en el resultado del periodo en que tengan lugar dichos cambios.
20.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 29 (NIC 29)
Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias
La presente Norma será de aplicación a los estados financieros individuales, así como a los estados financieros consolidados, de una entidad cuya moneda funcional es la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria
(a)  la población en general prefiere conservar su riqueza en forma de activos no monetarios, o bien en una moneda extranjera relativamente estable; además, las cantidades de moneda local obtenidas son invertidas inmediatamente para mantener la capacidad adquisitiva de la misma;
(b) la población en general no toma en consideración las cantidades monetarias en términos de moneda local, sino que las ve en términos de otra moneda extranjera relativamente estable; los precios pueden establecerse en esta otra moneda;
(c)  las ventas y compras a crédito tienen lugar a precios que compensan la pérdida de poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el periodo es corto;
(d) las tasas de interés, salarios y precios se ligan a la evolución de un índice de precios; y
(e)  la tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%.
4         Es preferible que todas las entidades que presentan información en la moneda de la misma economía hiperinflacionaria apliquen esta Norma desde la misma fecha. No obstante, la norma es aplicable a los estados financieros de cualquier entidad, desde el comienzo del periodo contable en el que se identifique la existencia de hiperinflación en el país en cuya moneda presenta la información.
21.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 30 (NIC 30) (reordenada en 1994)
Información a Revelar en los Estados Financieros de Bancos y Entidades Financieras Similares.
Este Pronunciamiento trata de las informaciones a revelar en los estados financieros de los bancos y otras instituciones financieras similares (a los que se hará referencia en lo sucesivo también como bancos). 

2.      Para los propósitos del Pronunciamiento, el término «banco» incluye a todas las entidades financieras que tienen, como una de sus actividades principales, la de tomar depósitos y préstamos con el objetivo de dar, a su vez, créditos o préstamos y realizar inversiones financieras, y cuyas actividades se encuentran bajo el ámbito de la legislación bancaria u otra equivalente. El Pronunciamiento es de aplicación para tales empresas, ya contengan o no en su denominación la palabra «banco».
22.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 31 (NIC 31)
Participaciones en negocios conjuntos
Esta Norma no es aplicable a las inversiones calificadas como participaciones en entidades controladas conjuntamente poseídas por entidades de capital de riesgo, instituciones de inversión colectiva, fondos  de inversión, u otras entidades análogas, cuando dichas inversiones, se clasifiquen como mantenidas para negociar y se contabilicen de acuerdo con la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y
Medición. Estas inversiones se medirán por su valor razonable, y los cambios en éste se reconocerán en el resultado del periodo  en el que ocurran.Estas inversiones se medirán por su valor razonable, reconociendo los cambios en el resultado del periodo en que tienen lugar.
23.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 32 (NIC 32) 
Instrumentos financieros: Presentación
La naturaleza dinámica de los mercados financieros internacionales ha provocado el uso generalizado de una amplia variedad de instrumentos financieros, desde los instrumentos primarios tradicionales, tales como bonos, hasta las diversas formas de instrumentos derivados, tales como permutas de tasas de interés. El objetivo de esta Norma es mejorar la comprensión que los usuarios de los estados financieros tienen sobre el significado de los instrumentos financieros, se encuentren reconocidos dentro del balance de situación general o en notas complementarias, para la posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la empresa.
La Norma prescribe ciertos requisitos a seguir para la contabilización de los instrumentos financieros dentro del balance de situación general, e identifica la información a revelar que debe ser suministrada acerca de los instrumentos contabilizados (reconocidos) y de los instrumentos fuera del balance general (no reconocidos). La normativa sobre contabilización se refiere a la clasificación de los instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio neto; de los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con ellos, así como de las circunstancias bajo las cuales los activos y los pasivos financieros deben ser objeto de compensación.
24.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 33 (NIC 33)
Ganancias por acción.
El objetivo de esta Norma es establecer los principios para la determinación y presentación de la cifra de ganancias por acción de las empresas, cuyo efecto será el de mejorar la comparación de los rendimientos entre diferentes empresas en el mismo periodo, así como entre diferentes periodos para la misma empresa. El punto central de esta Norma es el establecimiento del denominador en el cálculo de las ganancias por acción. Aunque el indicador de las ganancias por acción tiene limitaciones a causa de las diferentes políticas contables que sirven para determinar las "ganancias", la utilización de un denominador calculado de forma uniforme mejora la información financiera ofrecida.

25.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 34 (NIC 34)
Información Financiera Intermedia
El objetivo de esta Norma es establecer el contenido mínimo de la información financiera intermedia, así como prescribir los criterios para el reconocimiento y la medición que deben ser seguidos en los estados financieros intermedios, ya se presenten de forma completa o condensada. La información financiera intermedia, si se presenta en el momento oportuno y contiene datos fiables, mejora la capacidad que los inversionistas, prestamistas y otros usuarios tienen para entender la capacidad de la entidad para generar beneficios y flujos de efectivo, así como su fortaleza financiera y liquidez.

Nota: Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta publicación.
26.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 36 (NIC 36)
Deterioro del valor de los activos
El objetivo de este Pronunciamiento es establecer los procedimientos que una empresa debe aplicar para asegurar que el valor de sus activos no supera el importe que puede recuperar de los mismos. Un determinado activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su valor en libros exceda del importe que se puede recuperar del mismo a través de su uso o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se calificaría como deteriorado, y la Norma exige que la empresa reconozca contablemente la correspondiente pérdida de valor por deterioro. En la Norma también se especifica cuándo la empresa debe proceder a revertir la pérdida de valor por deterioro, y se exige que suministre determinada información referente a los activos que hayan sufrido este tipo de deterioros de valor.

27.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 37 (NIC 37)
Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes
El objetivo de esta Norma es asegurar que se utilicen las bases apropiadas para el reconocimiento y la medición de las provisiones, activos y pasivos de carácter contingente, así como que se revele la información complementaria suficiente, por medio de las notas a los estados financieros, como para permitir a los usuarios comprender la naturaleza, calendario de vencimiento e importes, de las anteriores partidas.

Nota: Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta publicación
28.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 38 (NIC 38)
Activos intangibles
El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles, que no estén contemplados específicamente en otra Norma Internacional de Contabilidad. Esta Norma exige que las empresas procedan a reconocer un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el valor en libros de los activos intangibles, y exige que se revelen ciertas informaciones complementarias, en las notas a los estados financieros, que hagan referencia a estos elementos.
Se aconseja su aplicación anticipada.
29.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 39 (NIC 39)
Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración
El objetivo de este Pronunciamiento consiste en establecer los principios contables para el reconocimiento, medición y revelación de información referente a los instrumentos financieros, en los estados financieros de las empresas de negocios.
Esta Norma revisada sustituye a la NIC  39  (revisada  en  2000) Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se permite su aplicación anticipada. 
30.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 40 (NIC 40)
Inversiones inmobiliarias
Esta Norma revisada sustituye a la NIC 40 (2000) Inmuebles de inversión, y se aplicará en los ejercicios anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2005. Se aconseja su aplicación anticipada.
31.                      Norma Internacional de Contabilidad nº 41 (NIC 41)
Agricultura.
Es establecer el tratamiento contable y la consecuente presentación yrevelación en los estados financieros para la actividad agrícola, lo cuales laadministraciónde la transformación deactivosbiológicos (animales oplantasvivientes) para laproducciónagrícola o en activos biológicosadicionales
Nota: Los Apéndices citados en el texto de la Norma no se han incluido en esta publicación

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